Saltar al contenido

Ordenanza 8289/98 Consejo Comunitario de Tierra y Vivienda de Quilmes

Para llegar a la concreción de esta Ordenanza, fue necesario un largo proceso de organización y luchas, impulsado por un grupo de organizaciones comunitarias del distrito, que comienzan a trabajar articuladamente desde 1988; estas organizaciones venían actuando en pos de resolver sus reivindicaciones y conflictos en torno al hábitat, vieron la necesidad y la oportunidad de superar esta situación de oposición y reclamos hacia la elaboración y participación en un proyecto que tienda a generar soluciones concretas para esta problemática. Es decir, que instale y garantice el derecho de vivienda digna entre las políticas de estado, sin depender de los vaivenes electorales o las administraciones de turno; y por otro lado desde el Municipio se venia planteando una serie de propuestas sin participación ni consulta a las organizaciones como ser el Proyecto de Tasa de Fomento Barrial, una suerte de fondo conformado por cuotas mensuales a cobrar a los vecinos de villas y asentamientos sin antes resolver su situación dominial y claro esta, sin afectar el presupuesto municipal.
Paralelamente a esto, las organizaciones comenzaron a trabajar en una propuesta alternativa al proyecto de ordenanza de Tasa de fomento: un Fondo Municipal de Tierra y Vivienda con la conformación de un Concejo Comunitario con representantes de entidades de base para la aplicación y supervisión de los fondos que su afectarían al presupuesto municipal.
El ámbito que acogió y acompaño este esfuerzo fue la Iglesia, a traves de la Vicaria de Pastoral Social del Obispado de Quilmes. Desde allí se promovió la consulta y trabajo con otras entidades de apoyo de reconocida experiencia en hábitat popular (ONG´s como Madre Tierra, SEDECA, SERPAJ, APAC), además la Vicaria generó el ámbito de mediación entre las autoridades del Ejecutivo Municipal y las organizaciones comunitarias para consensuar el proyecto definitivo y lograr su aprobación en el Honorable Consejo Deliberante

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *