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Posicionamiento de HABITAR Argentina frente al Proyecto de Ley de Promoción de la inversión en obras privadas nuevas N°0008-PE-2020.

En relación al espíritu declarado por esta ley para movilizar capitales y dirigirlos a la construcción con la intención de mitigar la grave crisis económica, queremos advertir, en línea a las propuestas de modificación remitas a senadores el pasado 17 de Febrero, los efectos negativos que pueden presentarse en el conjunto del hábitat social, entre ellos:
- La ausencia de articulación con las políticas de suelo y de desarrollo territorial de forma de distribuir las inversiones en el territorio
- Los riesgos de alimentar procesos especulativos y de autoreproducción del capital sin satisfacer la demanda real ni tomar en cuenta la población en situación de emergencia
- La elitización de la oferta alimentando procesos de mayor exclusión
- El acrecentamiento de las factores que resultan en la situación de emergencia habitacional y la ampliación de la vulnerabilidad de la población por debajo de la línea de pobreza

Entendemos que el sistema regulatorio debe propender a la integralidad del hábitat. En este sentido las leyes sectoriales destinadas a sectores de mayor demanda y desvinculadas de los sectores vulnerables profundizan la desigualdad. Así también, pensar la reactivación económica a través de la construcción, omitiendo las políticas de suelo y desarrollo territorial.

De ser aprobada sin las modificaciones propuestas, tanto en la reglamentación de la presente ley como en futuros proyectos, nuestros legisladores y funcionaries deben considerar especialmente la atención de los sectores medios y bajos y más afectados por la crisis socioeconómica y habitacional acrecentada por la pandemia y que se canalice la actividad constructiva hacia la demanda en el acceso a la vivienda de los sectores más amplios de la población, dentro de una política estratégica que contemple especialmente:
● Construcción de Vivienda y acceso a financiación para la población trabajadora con ingresos iguales o inferiores al índice RIPTE.
● Construcción de vivienda para trabajadores inquilines a través de los sindicatos y cooperativas de vivienda.
● Programa de desendeudamiento de la población inquilina
● Atención urgente de la población con riesgo de desalojo
● El acceso al suelo para los sectores populares
● La atención a la población con provisión deficiente de servicios básicos de agua potable y electricidad
● Seguridad en la tenencia para los trabajadores y pequeños productores rurales
● Mujeres y niñezs en contextos de violencia familiar
● Actividades productivas en riesgo de cierre
● Equipamientos comunitarios, educativos y productivos dirigidos a mitigar los efectos de la emergencia sanitaria
● La vivienda y el alquiler social
● Perspectiva de Géneros y articulación interministerial en la elaboración y monitoreo de los proyectos legislativos y su reglamentación.

Una forma de lograr este objetivo puede ser la previsión de cupos respecto a las actividades y los destinatarios finales de las construcciones, mediante regulaciones e incentivos para la inversión en demandas sociales expresadas durante la pandemia, tales como la implementación del Alquiler Social previsto en la ley 27551, la adecuación de edificaciones a requerimientos ambientales adecuados a la situación de pandemia, etc.

Como espacio integrado por una gran diversidad de colectivos y organizaciones que trabajan por el acceso al hábitat, no podemos acordar con la autorización de un blanqueo sólo con la mirada puesta en activar la economía, pero sin garantía de que el dinero no sea destinado a profundizar la especulación inmobiliaria generando mayor desigualdad espacial y urbana. Un eventual incremento del PBI no puede ser el único indicador si no contempla el actual contexto de necesidades y las consecuencias negativas que puede conllevar para la crisis habitacional. Consideramos que si la propuesta es alivianar cargas impositivas y obligaciones de un sector de la población hacia el conjunto de la sociedad representada en el Estado, esto debe ser en función de beneficios que abarquen al conjunto social. Especialmente a los sectores medios y bajos y en dificultad manifiesta por la situación de pandemia.

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