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Los Desalojos en Pandemia son Violencia Habitacional

Los Desalojos en pandemia son violencia habitacional, violencia de género y violencia institucional. La violencia habitacional también es una forma de violencia patrimonial que consiste en negar la posibilidad de acceder a la vivienda digna. Configurando una grave violación de derechos sociales que afecta a las personas y grupos mas vulnerabilizados.

Cuando los gobiernos provinciales y de la Ciudad avanzan contra las personas sin vivienda propia, como lo hizo el Gobierno de la Ciudad hace unos días (el 30/09/2021) en el Barrio 31; cuando el Gobierno Provincial de Tucumán promueve desalojos forzosos; o en Santa Fe hace un mes, como vimos en el barrio la Sexta de Rosario. En los montes chaqueños. En Ushuaia, en Pandemia, en pleno invierno vimos a familias desalojadas por no poder pagar un alquiler. Ocurre en Chubut, donde trabajarxs estatales viven en carpas sobre terrenos cedidos por municipios con la finalidad de construir. En Chubut quienes no pudieron construir por falta de ingresos, ahora son despojados de los terrenos. Ocurre en Mendoza con ejecuciones hipotecarias por falta de pago.

Todo esto se profundizó vertiginosamente como consecuencia de la falta de ingresos como resultado del ASPO (Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio en Argentina). Cuando los gobiernos son cómplices del despojo de quienes nada tienen, utilizando recursos estatales: eso es violencia habitacional. En un contexto de pobreza multidimensional del 57 %1, crisis económica, falta y/o disminución de ingresos, devaluación salarial, hiperinflación, endeudamiento en todos los hogares, es inaceptable que se ejecuten prácticas violatorias del Derecho Humano y Constitucional a la vivienda digna. Es urgente la suspensión de desalojos y la formación en la temática para quienes ejercen la función pública, principalmente en el poder judicial.

Es inaceptable la violencia ejercida sobre mujeres, niñxs y adolescentes en todo el país, sometiendo a estas personas a no vivir bajo un techo. Estas conductas violatorias de derechos, desde las instituciones, utilizadas en contra de la población, como así también la cobertura mediática que tienen, criminalizan a la población trabajadora. A la vez, alientan conductas violentas e ilegales por parte de particulares que muchas veces no tienen vínculo de titularidad con el inmueble que ponen en alquiler (de manera totalmente informal) y avanzan sobre las personas más vulnerables con hostigamiento, amenazas, maltrato psicológico y muchas veces también maltrato físico.

En este contexto, la violencia institucional se traduce también en falta de políticas y medidas dirigidas a asegurar el acceso a la justicia, la defensa en juicio y el debido proceso en los casos de desalojo para las familias afectadas.

Por todas estas razones, desde HABITAR ARGENTINA, reiteramos que resulta urgente la suspensión de desalojos forzosos, la reforma de las regulaciones procesales que facilitan estas violaciones al derecho a la vivienda adecuada y la capacitación a quienes tienen la responsabilidad institucional de intervenir en estos casos, para que sean garantes de derechos y no de injusticias. Finalmente, urgimos a los poderes judiciales nacional y provinciales, así como a las instituciones de protección de derechos a garantizar el patrocinio legal gratuito, la defensa en juicio y el acceso oportuno a la justicia de las familias que enfrentan desalojos.

1 Medición multidimensional de la pobreza basada en un enfoque de derechos, la cual contempla la situación de los hogares e individuos en las dimensiones vivienda, hábitat y servicios básicos, educación, empleo y protección social, y acceso a la salud. - Abril 2021. Documento producido por el Sistema de Información, Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales (SIEMPRO), o con datos proporcionados por dicho Sistema. Para obtener información detallada sobre la metodología de medición, ver el documento publicado“Pobreza Multidimensional”, sitio web: https://www.argentina.gob.ar/informes-de-la-situacion-social/pobreza-multidimensional

¡Gracias a: Comunidad Barrio la Sexta (Santa Fe), 0223 (Mar del Plata, Buenos Aires), Multisectorial de Derechos Humanos de Ushuaia (Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur), CTA Chaco, Comunidad de las Bardas de Puerto Madryn (Chubut), Colonia Caroya (Córdoba), Barrio 31 (CABA), Agencia Paco Urondo, Agencia Telam por las fotos!

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